Durante el mes de abril el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recibirá las declaraciones anuales de los contribuyentes, siendo los gastos médicos un área importante a deducir.

En un comunicado, informó a las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial o profesional deben reportar los pagos por servicios médicos que hayan hecho el año pasado, con la intención de obtener alguna devolución.

Los autorizados para este año son los honorarios médicos, dentales, psicológicos y nutricionales, los gastos hospitalarios, las medicinas incluidas en las facturas de hospitales, los honorarios a enfermeras, análisis o estudios clínicos, prótesis, la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, lentes ópticos graduados y primas por seguros de gastos médicos.

Los gastos son deducibles en la declaración solo su los realizó el contribuyente o si fueron para familiares directos como cónyuge, concubino, padres, abuelos, hijos o nietos quienes no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.

El SAT recordó a los contribuyentes que los gastos deben estar respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional y deben haberse pagado con cheque, transferencia electrónica o con tarjeta de crédito, debido o servicios. Con efectivo no serán tomados en cuenta.

También son deducibles los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50 por ciento de la capacidad normal de la persona, siempre cuando cuente con el certificado o constancia correspondiente expedida por instituciones púbicas del Sistema Nacional de Salud.

Pie de foto: Durante el mes de abril, las personas físicas deberán presentar la Declaración de Impuestos Anual 2023. Foto: SAT