El Sistema de Administración Tributaria (SAT) recuerda a los contribuyentes que este 30 de abril es la fecha límite para presentar la Declaración Anual 2023 para personas físicas. 

Para cumplir con esta obligación fiscal y evitar multas o sanciones, advierte la autoridad fiscal, los contribuyentes pueden presentarla a través de la siguiente liga: http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2023/Paginas/index.html 

A través de un comunicado, el SAT precisó que en las oficinas recaudadoras se brinda apoyo de manera presencial y con un horario ampliado de 8:30 a 18:00 horas. 

Para presentar la Declaración Anual 2023, el organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), explica a los contribuyentes que necesitan contar con RFC y Contraseña o e.firma. 

Las personas físicas que están obligadas a realizar la citada declaración anual, son aquellas que obtuvieron ingresos por: sueldos y salarios de un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre; si obtuvieron ingresos distintos de salarios; si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea. 

Así como si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener; si además obtuvieron ingresos por indemnización; si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR); si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos; y por la prestación de servicios profesionales. 

Además, por actividades empresariales como es en plataformas tecnológicas; región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad. 

Así como por arrendamiento de bienes inmuebles; enajenación o adquisición de bienes; por intereses o dividendos; y por vía del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), explicó el SAT. 

Nota de Abel López Jiménez.