Ciudad De México, 08 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó dos recursos de impedimento interpuestos por el empresario Ricardo Salinas Pliego contra las ministras Loretta Ortiz Ahlf y María Estela Ríos González, con lo que se allana el camino para que el pleno discuta mañana el amparo en revisión 492/2023 relacionado con las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

La Corte notificó el pasado lunes, mediante listas electrónicas, la determinación de desechar los recursos, sumando 10 los impedimentos promovidos por el dueño de Grupo Salinas contra diversos ministros, incluidos integrantes de la anterior conformación del tribunal. En su resolución, el tribunal señaló que “se estima que no es viable sustanciar el incidente de recusación planteado, pues los argumentos del promovente evidencian que se hace valer con el propósito de dilatar o entorpecer la resolución del amparo en revisión, por lo que se impone desecharlo de plano”.

El asunto está programado para discusión en el pleno con un proyecto elaborado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien propone sobreseer el recurso del empresario. De aprobarse dicho proyecto, la UIF conservaría su facultad para acceder a información patrimonial y financiera con fines de supervisión y combate a delitos como lavado de dinero y terrorismo, pudiendo inmovilizar cuentas bancarias sin orden judicial previa cuando existan indicios de recursos ilícitos.

Además, la UIF podría continuar por hasta 10 años el análisis de información bancaria del dueño de Grupo Salinas, solicitada a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en diciembre de 2021 junto con la de otros 78 empresarios. La investigación señala que Grupo Salinas ha desplegado en años recientes una estrategia de recursos legales, principalmente recusaciones de ministros, en los juicios que ha promovido ante la SCJN.

Ante este escenario, Jorge Sepúlveda, primer vicepresidente de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, advirtió que esta medida otorga amplias facultades a una autoridad administrativa sin garantizar plenamente el derecho de audiencia previo.